Cada sifón de accesorio debe tener un sello de agua con profundidad no menor ni mayor que:

a.1 a 2 pulgadas
b.1-1/2 a 3 pulgadas
c.2 a 4 pulgadas
d.3 a 5 pulgadas

Explicación

El CPC exige que cada sifón tenga un sello líquido no menor de 2 pulgadas ni mayor de 4 pulgadas, salvo sifones especiales de sello profundo. Un sello más bajo se pierde fácil por evaporación o sifonaje, y uno más profundo solo se permite en diseños aprobados de sello profundo. Los otros rangos quedan fuera de la ventana requerida de 2 a 4 pulgadas.

Referencia Legal: 2022 California Plumbing Code (CPC) §1002.0

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