Responsabilidad y LegalPregunta 120 de 200

La Ley de Igualdad Salarial de California (Código Laboral §1197.5) prohíbe a los empleadores pagar a empleados de un sexo, raza, o etnia menos que a empleados de otro por trabajo sustancialmente similar. Para los PPOs y guardias, esta ley:

a.Aplica solo a ejecutivos, no a guardias
b.Aplica ampliamente — los PPOs deben pagar a los guardias que realizan trabajo sustancialmente similar salarios sustancialmente similares ausentes factores genuinos no discriminatorios (antigüedad, mérito, producción); los empleadores tampoco pueden depender del salario previo para justificar una diferencia salarial
c.Aplica solo después de 10 años de empleo
d.Permite diferencias salariales basadas en la raza o sexo del guardia si se demuestra 'necesidad comercial'

Explicación

El Código Laboral §1197.5 prohíbe disparidades salariales por 'trabajo sustancialmente similar' basadas en sexo, raza, o etnia. Las defensas permitidas incluyen un sistema genuino de antigüedad, sistema de mérito, sistema basado en producción, o 'factor genuino distinto al sexo, raza, o etnia' que esté relacionado con el trabajo y sea consistente con la necesidad comercial. El salario previo solo no puede justificar la diferencia (Código Laboral §432.3). El estatuto aplica ampliamente a todos los empleadores de California sin importar el tamaño, y a todos los empleados (no solo ejecutivos). Las diferencias salariales basadas en raza o sexo nunca se permiten bajo una teoría de 'necesidad comercial' (d). Combinada con FEHA, la Ley crea obligaciones robustas de equidad salarial para los PPOs.

Referencia Legal: Cal. Labor Code §1197.5 (CA Equal Pay Act); Gov Code §12940

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