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Responsabilidad y Legal
30 preguntas1. El Código Penal §236 define la detención ilegal como 'la violación ilegal de la libertad personal de otro.' ¿Cuál de los siguientes es la descripción más precisa de la responsabilidad civil para un guardia de seguridad?
La detención ilegal es la violación ilegal de la libertad personal (PC §236) y también es un agravio bajo el Código Civil §43, que protege la libertad personal. El agravio civil requiere (1) confinamiento intencional, (2) sin consentimiento, (3) sin privilegio legal, por (4) un tiempo apreciable. La duración puede ser breve — incluso el confinamiento momentáneo es accionable. La lesión física no se requiere; el agravio reivindica el interés de dignidad en la libertad. El confinamiento puede ser efectuado por barrera física, amenaza, o aserción de autoridad — las esposas no se requieren. Un guardia que detiene más allá del privilegio de tiempo y manera razonable de §490.5(f) arriesga responsabilidad tanto criminal como civil.
Cal. Civil Code §43; Cal. Penal Code §2362. Bajo el Código Penal §237, la detención ilegal es punible como delito grave cuando es efectuada por:
El Código Penal §237(b) eleva la detención ilegal a delito grave 'efectuada por violencia, amenaza, fraude, o engaño' — punible con 16 meses, 2, o 3 años en prisión estatal. La detención ilegal ordinaria es un delito menor punible con hasta $1,000 y/o hasta un año en la cárcel del condado. Para los guardias, esto importa porque las tácticas agresivas — amenazar con un arma (amenaza), placar (violencia), o engañar a un sospechoso para que crea en la autoridad policial (fraude/engaño) — pueden transformar una disputa de detención en un cargo de delito grave contra el guardia. Las solicitudes verbales rutinarias, los procedimientos de fin del día, y simplemente vestir un uniforme no son agravantes de §237.
Cal. Penal Code §2373. El Código Penal §242 define la agresión física como cualquier uso intencional e ilegal de fuerza o violencia sobre la persona de otro. ¿Cuál de los siguientes describe mejor el estándar para los guardias de seguridad?
La agresión física bajo PC §242 es 'cualquier uso intencional e ilegal de fuerza o violencia sobre la persona de otro.' Los tribunales de California (People v. Mansfield (1988) 200 Cal.App.3d 82) sostienen que el toque más leve puede constituir agresión física — no necesita causar dolor o lesión, y la ropa o artículos que la persona lleva cuentan como parte de la persona. Para los guardias, agarrar un brazo sin autoridad legal (sin causa probable de §490.5, sin autoridad de arresto de §837) es agresión física incluso si el sospechoso no resulta lesionado. Los arrestos legítimos, la fuerza defensiva razonable, y las detenciones bajo §490.5(f) son privilegiados y no son agresión física. Las armas (b) y el contacto con piel desnuda (d) no son elementos requeridos.
Cal. Penal Code §242; People v. Mansfield (1988) 200 Cal.App.3d 824. El Código Penal §240 define la agresión como un intento ilegal, acoplado con la habilidad presente, para cometer una lesión violenta sobre otra persona. Para un guardia, ¿qué escenario cumple más claramente con todos los elementos de la agresión?
La agresión bajo PC §240 requiere (1) un intento ilegal (2) acoplado con habilidad presente (3) para cometer una lesión violenta. Levantar una macana por encima de la cabeza dentro del rango de golpe de una persona obediente crea habilidad presente inmediata para infligir lesión violenta y, ausente privilegio, es un intento ilegal. La obediencia del sospechoso remueve cualquier privilegio de defensa propia o fuerza incidente al arresto. Las advertencias verbales de arresto legítimo (b), el porte en posición lista durante escolta pacífica (c), y los gestos dirigiendo la salida (d) no cumplen con el umbral de 'habilidad presente para cometer lesión violenta'. La responsabilidad por agresión para los guardias surge más a menudo de armas desenfundadas o levantadas contra personas no resistentes.
Cal. Penal Code §2405. Un guardia de seguridad observa a una persona que ha sido previamente advertida, por escrito, de no volver a una propiedad comercial con letreros. La persona vuelve a entrar a las instalaciones. Bajo PC §602(o) y subdivisiones relacionadas, la posición legal del guardia es:
PC §602 enumera numerosas variantes de invasión — la mayoría son delitos menores. §602(o) específicamente aborda la re-entrada después de una advertencia previa por escrito. Debido a que la ofensa ocurre en la presencia del guardia, §837(1) autoriza un arresto por persona privada. Sin embargo, escoltar a la persona fuera de las instalaciones (con la policía llamada si ocurre rechazo) es generalmente la opción preferida de menor riesgo, reduciendo la exposición a reclamos de detención ilegal y agresión física. La fuerza letal (c) nunca es legítima para la invasión sola. Los intrusos retienen los derechos civiles (b) — los guardias siguen siendo responsables por fuerza excesiva, difamación, y detención ilegal sin importar la invasión subyacente.
Cal. Penal Code §6026. Bajo respondeat superior y BPC §7583.39, un PPO licenciado (operador de patrulla privada) es generalmente responsable por los agravios de su guardia empleado cometidos:
Respondeat superior responsabiliza indirectamente a un empleador por los agravios cometidos por un empleado actuando dentro del curso y alcance del empleo. La doctrina aplica incluso donde el acto específico fue negligente o ilegal, siempre que el empleado estuviera avanzando el negocio del empleador y el acto no fuera una 'desviación sustancial' (frolic). BPC §7583.39 refuerza esto al requerir que los PPOs mantengan una póliza de seguro de responsabilidad civil comercial general de $1,000,000, reconociendo que el PPO lleva la responsabilidad financiera por la mala conducta del guardia. La dirección expresa (a) no se requiere; la conducta fuera del alcance (b) es la excepción, no la regla; y el empleador es virtualmente siempre un demandado (d).
Cal. Business & Professions Code §7583.39; Restatement (Second) of Agency §2197. Un PPO contrata a un guardia sin realizar la verificación de antecedentes obligatoria de BSIS. El guardia luego comete una agresión contra un cliente. Más allá de respondeat superior, el PPO puede enfrentar responsabilidad bajo qué teoría independiente?
California reconoce la contratación negligente, retención, y supervisión como teorías de agravio independientes distintas de respondeat superior. Se enfocan en el propio incumplimiento del empleador: no realizar una investigación razonable previa al empleo dado los riesgos previsibles, o retener/no supervisar a un empleado cuyas propensiones peligrosas se hicieron conocidas. Doe v. Capital Cities (1996) 50 Cal.App.4th 1038 articula el deber. Para la seguridad, donde los guardias pueden detener, usar la fuerza, y acceder a personas vulnerables, el estándar es elevado. Las fallas de verificación de antecedentes de BSIS son fuerte evidencia de incumplimiento. La responsabilidad estricta del producto (a), antimonopolio (c), y fraude de valores (d) son teorías no relacionadas.
California negligent-hiring doctrine; Doe v. Capital Cities (1996) 50 Cal.App.4th 10388. Un cliente demanda a un guardia bajo 42 U.S.C. §1983 (estatuto federal de derechos civiles) alegando una violación de la Cuarta Enmienda. El asunto umbral para la mayoría de los casos de seguridad privada es:
§1983 alcanza solo a personas actuando 'bajo color de ley estatal' (actores estatales). Los guardias de seguridad puramente privados generalmente no cumplen con esa prueba (Lugar v. Edmondson Oil Co., 457 U.S. 922 (1982)). Existen excepciones: un guardia cross-deputizado como oficial de la paz, un guardia privado actuando en concierto con la policía (acción conjunta), o uno realizando una 'función pública' tradicionalmente reservada al estado. Sin acción estatal, §1983 falla — pero los demandantes pueden perseguir reclamos de agravio estatal (detención ilegal, agresión física) y la Ley Bane de California (Código Civil §52.1), que alcanza a actores privados. El estatus en servicio (a), uniforme (b), y ciudadanía (c) no son el asunto umbral.
42 U.S.C. §1983; Lugar v. Edmondson Oil Co., 457 U.S. 922 (1982)9. La Ley Bane de California (Código Civil §52.1) difiere del §1983 federal en que la Ley Bane:
La Ley de Derechos Civiles Tom Bane (Civ Code §52.1) proporciona una causa civil de acción contra cualquier persona — pública o privada — que interfiera con el ejercicio de derechos constitucionales o legales mediante 'amenaza, intimidación, o coerción.' A diferencia del §1983, no existe requisito de acción estatal, por lo que los guardias privados pueden ser demandados. Los demandantes exitosos pueden recuperar daños compensatorios, daños estatutarios de $25,000 por violación, daños triples, honorarios de abogados, y alivio mediante mandamiento. La Ley Bane es el vehículo principal para reclamos de derechos civiles contra la seguridad privada en California. No requiere una condena criminal (c), no está limitada a oficiales de la paz (b), y proporciona daños robustos (d).
Cal. Civil Code §52.1 (Tom Bane Civil Rights Act)10. Un guardia, frente a otros compradores, acusa fuertemente a un cliente de robo. La investigación revela que el cliente era inocente. El Código Civil §§44-46 apoyan más directamente qué reclamo?
El Código Civil §44 define la difamación como libelo (escrito) o calumnia (oral). §46 enumera las categorías de calumnia per se — incluyendo declaraciones falsas que acusan a una persona de un crimen — las cuales no requieren prueba de daños especiales. Acusar fuertemente a un comprador de robo frente a otros, cuando es falso, es el caso de calumnia per se de libro de texto. Las defensas incluyen la verdad (absoluta) y el privilegio calificado bajo §47(c) que protege las comunicaciones hechas sin malicia a partes interesadas. Pero las acusaciones públicas y fuertes a transeúntes exceden cualquier alcance de privilegio calificado y también pueden apoyar reclamos de infligir intencionalmente angustia emocional. Mejor práctica: mantenga las acusaciones privadas y factualmente fundamentadas.
Cal. Civil Code §§44-4611. Un guardia reporta privadamente a un sospechoso de robo de tienda al gerente de la tienda y a la policía que responde. El comprador resulta ser inocente y demanda por calumnia. ¿Qué defensa probablemente aplica?
El Código Civil §47(c) proporciona un privilegio calificado para comunicaciones hechas sin malicia entre partes que comparten un interés común. Un reporte privado del guardia al gerente de la tienda (interés común del empleador) y a la policía (interés común de la policía) típicamente cae dentro de §47(c). El privilegio es derrotado por malicia — falsedad consciente o desprecio imprudente por la verdad. Las acusaciones públicas y fuertes a transeúntes no involucrados exceden el alcance del privilegio. El privilegio legislativo absoluto (b) protege las declaraciones en procedimientos oficiales, no los reportes de campo. El estatuto de fraudes (c) y la exclusividad de comp. de trabajadores (d) no están relacionados. La verdad es también una defensa completa a la difamación, separada del privilegio.
Cal. Civil Code §47(c); Sanborn v. Chronicle Publishing Co. (1976) 18 Cal.3d 40612. California reconoce reclamos de invasión de privacidad tanto del derecho consuetudinario como legales. El Código Civil §1708.8 (invasión 'física' y 'constructiva' de privacidad) aborda más directamente:
El Código Civil §1708.8 fue promulgado en respuesta a los paparazzi pero aplica ampliamente. La subsección (a) prohíbe la invasión física (invasión) para capturar imágenes personales; (b) prohíbe la invasión constructiva (lentes telefoto, drones, micrófonos direccionales) para capturar imágenes de actividad personal. Para los guardias, importa cuando se vigilan las áreas de descanso de empleados, baños, o actividades privadas fuera de las instalaciones. La Constitución de California Art I §1 establece separadamente un derecho de privacidad inalienable, apoyando los agravios de privacidad del derecho consuetudinario (intrusión en la soledad, divulgación pública de hechos privados). La marca registrada (a), el reporte de crédito (c), y la nómina (d) no están relacionados.
Cal. Civil Code §1708.8; California Constitution Article I §113. ¿Cuál es el estatuto de limitaciones para reclamos civiles de detención ilegal y agresión física contra un guardia de seguridad en California?
CCP §340(d) establece un estatuto de limitaciones de un año para agresión, agresión física, detención ilegal, y otros agravios intencionales contra la persona. El reloj generalmente corre desde la fecha en que se acumula la causa de acción — típicamente la fecha del acto ilegal. Aplican algunas reglas de suspensión (por ejemplo, menores, incapacidad mental, ausencia del demandado del estado). Los guardias deben preservar los informes de incidentes, video, y notas por al menos un año (más para difamación, que también es 1 año bajo §340(d), y reclamos de la Ley Bane, que usan el período de dos años de §335.1). Los reclamos de negligencia de lesión personal usan el período de dos años (CCP §335.1).
Cal. Code of Civil Procedure §340(c)14. Un guardia es lesionado mientras restringe a un sospechoso combativo durante un arresto ciudadano legítimo. Bajo el Código Laboral de California §3600 et seq., el remedio principal del guardia para atención médica y salarios perdidos es:
El Código Laboral de California §3600 et seq. establece la compensación de trabajadores como el remedio exclusivo para lesiones industriales — aquellas 'que surgen de y en el curso del empleo.' El empleador intercambia la responsabilidad potencial de agravio por beneficios sin culpa y limitados (atención médica, discapacidad temporal/permanente, rehabilitación vocacional, beneficios por muerte). Las demandas directas de agravio contra el empleador están prohibidas por §3602 excepto en excepciones estrechas (agresión intencional del empleador, doble capacidad). El guardia aún puede perseguir a terceros — como el sospechoso combativo — en agravio (§3852). El Título VII (b) aborda la discriminación, no la lesión. Reclamos pequeños (c) es el foro incorrecto para lesión grave.
Cal. Labor Code §3600 et seq.15. ¿Qué combinación identifica los elementos de un reclamo de negligencia contra un guardia de seguridad o PPO?
La negligencia de California tiene cuatro elementos: (1) un deber legal hacia el demandante; (2) incumplimiento — falta de conformidad con el estándar de cuidado aplicable; (3) causalidad — tanto causa real ('pero por') como próxima (legal); y (4) daños reales. Para los guardias y PPOs, el deber surge del contrato de seguridad, la previsibilidad del daño a los invitados, las relaciones especiales, los mandatos legales (por ejemplo, entrenamiento de BSIS), y los compromisos voluntarios. El incumplimiento se mide contra la conducta de un guardia razonablemente prudente en circunstancias similares. Las opciones de intención/malicia describen los agravios intencionales (a) o estados mentales criminales (b); los elementos del contrato (c) pertenecen a una causa de acción diferente.
Restatement (Second) of Torts §§281-282; California negligence doctrine16. Bajo Rowland v. Christian (1968) 69 Cal.2d 108, el deber de responsabilidad de instalaciones de California se determina por:
Rowland v. Christian (1968) 69 Cal.2d 108 abolió las categorías rígidas del deber de propietario del derecho consuetudinario de California (invitado/licenciatario/intruso) y las reemplazó con un deber general de cuidado razonable analizado a través de una prueba de equilibrio de múltiples factores. Los factores Rowland incluyen: previsibilidad del daño; grado de certeza de la lesión; cercanía de la conexión entre la conducta y la lesión; culpa moral; política de prevenir el daño futuro; carga para el demandado; y consecuencias para la comunidad. Para los PPOs y propietarios, la conclusión es que el deber es contextual y depende fuertemente de la previsibilidad — un concepto crítico que la línea de casos Delgado (cubierta en la siguiente pregunta) refinó para actos criminales de terceros.
Rowland v. Christian (1968) 69 Cal.2d 10817. Delgado v. Trax Bar & Grill (2005) 36 Cal.4th 224 abordó cuándo un dueño de negocio tiene el deber de emprender medidas de seguridad (como contratar guardias) para proteger a los clientes de actos criminales de terceros. La corte sostuvo que:
Delgado v. Trax Bar & Grill (2005) 36 Cal.4th 224 sostuvo que el deber de tomar una precaución de alta carga — como contratar guardias de seguridad — generalmente requiere previsibilidad reforzada del tipo específico de daño, típicamente demostrada por incidentes similares previos en o cerca de las instalaciones. Las precauciones menos onerosas (iluminación, cerraduras, advertencias básicas) pueden requerirse bajo menor previsibilidad. El caso continúa el marco Rowland pero reconoce que el lado de la carga de la ecuación importa. Para los guardias ya en servicio bajo contrato, el PPO debe un deber de cuidado razonable en el desempeño de los servicios de seguridad que ha emprendido.
Delgado v. Trax Bar & Grill (2005) 36 Cal.4th 22418. La doctrina de 'relación especial' de California reconoce que ciertas relaciones imponen un deber afirmativo de proteger del daño de terceros. ¿Cuál es una relación especial reconocida más relevante para el trabajo de seguridad?
California reconoce las relaciones especiales que crean deberes afirmativos para proteger a otro del daño de terceros. La relación negocio-invitado es la más relevante para la seguridad: los dueños y sus agentes deben a los invitados un deber de cuidado razonable, incluyendo conducta criminal previsible de terceros, con el alcance moldeado por Ann M. v. Pacific Plaza Shopping Center (1993) 6 Cal.4th 666 y Delgado. Otras relaciones especiales reconocidas incluyen posadero-huésped, transportista común-pasajero, escuela-estudiante, y terapeuta-paciente (deber Tarasoff de advertir). Los extraños en público (a), los contactos sociales casuales (b), y los peatones no contactados (d) carecen del activador de relación especial.
Tarasoff v. Regents (1976) 17 Cal.3d 425; Ann M. v. Pacific Plaza Shopping Center (1993) 6 Cal.4th 66619. El Código de Bienestar e Instituciones §15630 establece el reporte obligatorio para el abuso de adultos mayores y dependientes por 'reporteros obligatorios'. Para los guardias de seguridad en California, la descripción más precisa es:
W&I Code §15630 enumera categorías legales de 'reporteros obligatorios' de abuso de adultos mayores y dependientes — incluyendo cuidadores, profesionales de la salud, clero, y policía. La posesión de una tarjeta de guardia no confiere por sí misma el estatus de reportero obligatorio. Sin embargo, los guardias empleados en instalaciones de enfermería especializada, cuidado residencial para ancianos, u hospitales pueden ser 'cuidadores' bajo §15610.17 y por lo tanto obligatorios. Los reportes voluntarios por cualquier persona son alentados y protegidos por §15634 (inmunidad por reportes de buena fe). Los reportes van a Servicios de Protección de Adultos o policía local. El reporte solo por oficial de la paz (c) y los requisitos de consentimiento (b) son incorrectos.
Cal. Welfare & Institutions Code §1563020. El Código Penal §11166 (Ley de Reporte de Abuso y Negligencia Infantil) hace a varios profesionales reporteros obligatorios del abuso infantil. Para los guardias de seguridad, la ley:
PC §11165.7 enumera los reporteros obligatorios bajo CANRA, incluyendo maestros, trabajadores sociales, oficiales de la paz, personal médico, y clero. 'Guardia de seguridad' no está enumerado como una categoría independiente, pero los guardias empleados en entornos cubiertos (escuelas, instalaciones de cuidado infantil, iglesias con programas juveniles) pueden ser obligatorios bajo las categorías de esos entornos. Los reportes obligatorios deben ser hechos por teléfono inmediatamente (o tan pronto como sea prácticamente posible) y seguidos por un informe escrito dentro de 36 horas bajo §11166. Cualquier persona puede hacer un reporte voluntario y está inmunizada bajo §11172. Los guardias deben seguir las políticas del empleador y errar al lado de reportar el abuso infantil sospechado a la policía o CPS.
Cal. Penal Code §1116621. La ley de Prevención de Violencia en el Lugar de Trabajo en Industria General de California (Código Laboral §6401.9, agregada por SB 553, efectiva el 1 de julio de 2024) requiere que los empleadores cubiertos:
El Código Laboral §6401.9 (agregado por SB 553) se hizo operativo el 1 de julio de 2024 y requiere que casi todos los empleadores de California establezcan un Plan escrito de Prevención de Violencia en el Lugar de Trabajo cubriendo: identificación de personas responsables, entrenamiento, identificación y corrección de peligros, investigación de incidentes, respuesta posterior al incidente, y un registro de incidentes retenido por cinco años. Las instalaciones de atención médica ya cubiertas por 8 CCR §3342 están exentas de §6401.9 pero cubiertas por separado. La ley afecta a los PPOs como empleadores de guardias (deben proteger a los guardias) y como proveedores de servicios (a menudo ayudan a los empleadores clientes a construir sus planes). Las armas de fuego (a), la contratación de oficiales de la paz (b), y la eliminación de riesgos (d) no son requeridos.
Cal. Labor Code §6401.9 (SB 553); 8 CCR §334322. El Código de Negocios y Profesiones de California §25602 prohíbe la venta o suministro de bebidas alcohólicas a personas obviamente intoxicadas. Para los guardias de seguridad en instalaciones licenciadas, esto importa porque:
BPC §25602(a) hace un delito menor suministrar alcohol a una persona obviamente intoxicada. §25602(b) generalmente inmuniza a los licenciatarios de la responsabilidad civil por suministrar alcohol — California rechazó la responsabilidad de dram-shop — pero §25602.1 crea una excepción: un licenciatario que suministra alcohol a un menor obviamente intoxicado que luego causa muerte o lesión próximamente puede ser civilmente responsable. Ennabe v. Manosa (2014) 58 Cal.4th 697 aclaró estas disposiciones. La ABC también impone sanciones administrativas (suspensión/revocación de licencia). Los guardias que observan sobre-servicio deben documentar y alertar a la gerencia. Los guardias no están personalmente licenciados (a) ni requeridos para arrestar (c).
Cal. Business & Professions Code §25602; Ennabe v. Manosa (2014) 58 Cal.4th 69723. Las protecciones de la Cuarta Enmienda contra registros e incautaciones irrazonables aplican directamente a:
La Cuarta Enmienda restringe al gobierno — federal, estatal, y local — y no obliga directamente a actores privados (Burdeau v. McDowell, 256 U.S. 465 (1921)). La seguridad puramente privada generalmente cae fuera del escrutinio de la Cuarta Enmienda. Sin embargo, esto no es una licencia para abusar: los agravios estatales (detención ilegal, agresión física, difamación), la Ley Bane de California (Civ Code §52.1), el derecho de privacidad constitucional de California (Cal. Const. Art I §1), y los límites legales como PC §490.5 imponen restricciones significativas. Los guardias que se convierten en 'actores estatales' a través de acción conjunta con la policía o cross-deputización pueden enfrentar análisis directo de la Cuarta Enmienda y responsabilidad §1983.
Fourth Amendment private-actor doctrine; Burdeau v. McDowell, 256 U.S. 465 (1921)24. La política de mantenimiento de registros de un PPO respecto a los arrestos ciudadanos por sus guardias debe reflejar qué obligación legal?
La práctica sólida de PPO requiere documentación pronta y detallada de cada arresto ciudadano. Los elementos críticos incluyen: identidad del guardia arrestador; tiempo/lugar del arresto; hechos que apoyan causa razonable (o causa probable bajo §490.5); la notificación §841; evidencia de observación (especialmente delitos menores en presencia bajo §837(1)); fuerza usada y necesidad; tiempo preciso de entrega al oficial de la paz por §847; nombre del oficial que responde y número de informe; e identificación de testigos. Los registros deben mantenerse al menos durante el SOL de un año de §340(c) (más para reclamos de negligencia o Ley Bane). La documentación apoya tanto la legalidad del arresto como la defensa del PPO contra demandas civiles.
Cal. Penal Code §847; Cal. Business & Professions Code §7583.625. Un guardia le pide a una víctima que identifique a un sospechoso mostrándole solo a la persona detenida (sin alineación). El riesgo de esta identificación 'show-up' es:
Las identificaciones de show-up de una sola persona son inherentemente sugestivas: el testigo ve a una persona detenida y se le pregunta implícitamente '¿es ese?' Los tribunales permiten los show-ups en circunstancias limitadas (prontamente, cerca de la escena, cuando la confiabilidad supera la sugestividad) bajo la prueba de totalidad de Manson v. Brathwaite (1977) 432 U.S. 98. Mejores prácticas: evitar el entrenamiento, realizar el show-up prontamente, y documentar el procedimiento minuciosamente. El riesgo de identificación errónea es real y puede llevar a detener a la persona equivocada — exponiendo al guardia y PPO a responsabilidad por detención ilegal, agresión física, y Ley Bane. Para identificaciones no críticas en tiempo, defiera a los procedimientos de alineación policial.
Manson v. Brathwaite, 432 U.S. 98 (1977); People v. Kennedy (2005) 36 Cal.4th 59526. La Ley de Empleo y Vivienda Justa de California (Gov Code §12940) y la Ley de Derechos Civiles Unruh (Civ Code §51) prohíben la discriminación basada en características protegidas. Para los guardias de seguridad, esto significa:
El Código de Gobierno §12940 (FEHA) prohíbe la discriminación en el empleo basada en raza, religión, origen nacional, ascendencia, discapacidad, sexo, identidad de género, orientación sexual, edad, y más. El Código Civil §51 (Unruh) prohíbe la discriminación en establecimientos comerciales — incluyendo por sus agentes de seguridad — sobre bases similares. El perfilado, la aplicación selectiva, el rechazo de entrada, o la detención de personas debido a características protegidas es ilegal. Ambos estatutos llevan daños significativos (Unruh: mínimo $4,000 por violación más honorarios de abogados). Los animales de servicio están protegidos bajo Civ Code §54.2 y la ADA. Los guardias deben aplicar las políticas neutralmente.
Cal. Government Code §12940 (FEHA); Cal. Civil Code §51 (Unruh)27. El Código Penal §149 criminaliza la agresión por un oficial público bajo color de autoridad, pero el principio subyacente de fuerza excesiva aplica a cualquier actor. Para la seguridad privada, la fuerza excesiva durante un arresto ciudadano crea más directamente qué combinación de exposición?
PC §149 apunta específicamente a la fuerza excesiva por oficial de la paz, pero la conducta subyacente — usar más fuerza de la necesaria — expone a cualquier actor a responsabilidad criminal bajo PC §242 (agresión física), §240 (agresión), o §245 (agresión con arma letal o por medios probables de producir lesión corporal grave), y a responsabilidad civil por agresión física, detención ilegal, la Ley Bane, infligir intencionalmente angustia emocional, y negligencia. El PPO también enfrenta responsabilidad respondeat superior y exposición por supervisión negligente. BSIS puede suspender o revocar la tarjeta de guardia (BPC §7583.22 y §7583.33). Las advertencias verbales (b), los derechos de voto (c), y la inmunidad por disculpa (d) son incorrectos.
Cal. Penal Code §14928. El Código Laboral de California §2775 (codificando Dynamex/AB 5) clasifica a los trabajadores usando la prueba ABC. Para la mayoría del trabajo de guardia de seguridad, el efecto práctico es:
El Código Laboral §2775 codifica la prueba ABC de Dynamex para la mayoría de los trabajadores de California. El pilar B — el trabajo debe ser realizado fuera del curso usual del negocio de la entidad contratante — es el punto típico de obstáculo para los PPOs, cuyo negocio es proporcionar guardias. Como resultado, la mayoría de los guardias que trabajan para PPOs licenciados deben ser clasificados como empleados W-2, no contratistas independientes. La clasificación errónea expone a los PPOs a reclamos de salarios y horas, impuestos sobre nómina, comp. de trabajadores, y PAGA. La prueba de múltiples factores de Borello (S.G. Borello & Sons v. DIR (1989) 48 Cal.3d 341) aún aplica a ciertas ocupaciones exentas de §2775, pero los guardias de seguridad no están en esa lista de exentos.
Cal. Labor Code §2775 (codifying Dynamex/AB 5); S.G. Borello & Sons v. DIR (1989) 48 Cal.3d 34129. Bajo BPC §7583.39 de California, cada PPO debe mantener responsabilidad financiera a través de:
BPC §7583.39 requiere que cada PPO licenciado mantenga una póliza de seguro de responsabilidad civil comercial general con cobertura mínima de $1,000,000 por ocurrencia y $2,000,000 en el agregado, cubriendo lesiones corporales, lesiones personales, y daños a la propiedad. La prueba de cobertura debe ser presentada con BSIS, y la póliza debe incluir una disposición de aviso de cancelación de 30 días. El lapso en la cobertura es base para la suspensión automática de la licencia. Esto refleja el reconocimiento de la legislatura de que el trabajo de seguridad crea riesgo significativo para terceros y asegura que los clientes lesionados tengan un camino realista hacia la recuperación. Una fianza pequeña (a), ahorros personales (b), y membresía en asociación comercial (c) no son sustitutos legales.
Cal. Business & Professions Code §7583.3930. La Ley de Igualdad Salarial de California (Código Laboral §1197.5) prohíbe a los empleadores pagar a empleados de un sexo, raza, o etnia menos que a empleados de otro por trabajo sustancialmente similar. Para los PPOs y guardias, esta ley:
El Código Laboral §1197.5 prohíbe disparidades salariales por 'trabajo sustancialmente similar' basadas en sexo, raza, o etnia. Las defensas permitidas incluyen un sistema genuino de antigüedad, sistema de mérito, sistema basado en producción, o 'factor genuino distinto al sexo, raza, o etnia' que esté relacionado con el trabajo y sea consistente con la necesidad comercial. El salario previo solo no puede justificar la diferencia (Código Laboral §432.3). El estatuto aplica ampliamente a todos los empleadores de California sin importar el tamaño, y a todos los empleados (no solo ejecutivos). Las diferencias salariales basadas en raza o sexo nunca se permiten bajo una teoría de 'necesidad comercial' (d). Combinada con FEHA, la Ley crea obligaciones robustas de equidad salarial para los PPOs.
Cal. Labor Code §1197.5 (CA Equal Pay Act); Gov Code §12940