Emergencia y SeguridadPregunta 182 de 200

El Código Laboral de California §6401.9, agregado por SB 553 y efectivo el 1 de julio de 2024, requiere que la mayoría de los empleadores de California:

a.Proporcionen a cada empleado armadura corporal personal
b.Contraten guardias de seguridad armados para cada lugar de trabajo
c.Establezcan, implementen, y mantengan un Plan escrito de Prevención de Violencia en el Lugar de Trabajo (WVPP), entrenen a los empleados, registren incidentes violentos, y realicen evaluaciones de peligros
d.Reemplacen todas las puertas de entrada de vidrio con material a prueba de balas

Explicación

SB 553, codificado en el Código Laboral §6401.9, requiere que casi todos los empleadores de California (algunas exenciones estrechas) establezcan un Plan escrito de Prevención de Violencia en el Lugar de Trabajo, realicen entrenamiento, mantengan un Registro de Incidentes Violentos, y realicen evaluaciones periódicas de peligros. El plan debe incluir procedimientos de reporte, procedimientos de respuesta, disposiciones de participación del empleado, y revisión posterior al incidente. La ley no exige equipo o guardias armados específicamente (a, b, d) — se enfoca en la planificación, entrenamiento, y mantenimiento de registros. Los oficiales de seguridad deben estar familiarizados con el WVPP del cliente.

Referencia Legal: California Labor Code §6401.9 (SB 553, effective July 1, 2024)

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