Ética y Leyes de CaliforniaPregunta 322 de 484

Un inversor sin licencia de belleza desea abrir un salón y contratar personal licenciado. Bajo BPC §7318 esto es:

a.Prohibido — solo los cosmetólogos licenciados pueden ser dueños de un salón
b.Permitido — California no exige que el dueño tenga licencia individual, pero el local debe obtener su propia licencia de establecimiento
c.Permitido solo con aprobación especial de la BBC
d.Permitido solo si el inversor toma un curso de 50 horas de propietario

Explicación

BPC §7318 no exige que el dueño de un establecimiento de belleza tenga licencia personal; un inversor sin licencia puede ser propietario. Lo que se requiere es que el local cuente con licencia de establecimiento vigente y que cada profesional que trabaje allí esté individualmente licenciado.

Referencia Legal: BPC §7318

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