Seguros y GravámenesPregunta 79 de 690
Un propietario puede liberar un gravamen mecánico registrado obteniendo un bono de liberación de gravamen igual al:
a.100% del monto del gravamen
b.150% del monto del gravamen
c.El monto exacto del gravamen más 10% de interés
d.125% del monto del gravamen
Explicación
Para liberar un gravamen mecánico de una propiedad, el propietario o contratista puede registrar un bono de liberación de gravamen igual al 125% del monto del gravamen.
Referencia Legal: Civil Code §8424Practica las 690 preguntas gratis — sin registro.
Preguntas relacionadas de este tema
- Si el propietario registra un Aviso de Finalización, los subcontratistas y proveedores deben registrar su gravamen mecánico dentro de:
- Después de registrar un gravamen mecánico, el reclamante debe presentar una demanda para hacer cumplir el gravamen dentro de:
- ¿Cuál es el propósito de un "aviso de detención de pago" en un proyecto de construcción privado?
- ¿Cuál de los siguientes NO es necesario incluir en un gravamen mecánico?
- En un proyecto de obras públicas, un reclamante que no entregó un aviso preliminar aún puede presentar:
- ¿Cuántos días después de que se registre un Aviso de Finalización tiene generalmente un contratista general para presentar un gravamen mecánico?
Última revisión: · proceso editorial
Equipo Editorial de PrepPass · Verificado con California CSLB Contractor License Law & Business Exam · Cómo revisamos