Seguros y GravámenesPregunta 79 de 1605

Un propietario puede liberar un gravamen mecánico registrado obteniendo un bono de liberación de gravamen igual al:

a.100% del monto del gravamen
b.150% del monto del gravamen
c.El monto exacto del gravamen más 10% de interés
d.125% del monto del gravamen

Explicación

Para liberar un gravamen mecánico de una propiedad, el propietario o contratista puede registrar un bono de liberación de gravamen igual al 125% del monto del gravamen.

Referencia Legal: Civil Code §8424

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