Un propietario en California compra una nueva póliza de propietarios con aseguradora autorizada y guarda silencio sobre la oferta sísmica que acompaña la solicitud. Bajo la Ley de Oferta Obligatoria de Seguro contra Terremotos, ¿cuál es el resultado?

a.La cobertura sísmica se agrega automáticamente a la póliza al límite básico de CEA
b.La aseguradora debe llamar al asegurado para obtener una aceptación verbal antes de emitir la póliza
c.El silencio se trata como rechazo y no hay cobertura sísmica vigente
d.El productor se vuelve personalmente responsable por cualquier pérdida sísmica

Explicación

Bajo el §10081 y §10086 del Código de Seguros, la aseguradora debe hacer una oferta escrita de cobertura sísmica al emitir y en cada renovación de una póliza de propiedad residencial. El solicitante puede aceptar o rechazar por escrito y el silencio se trata como rechazo. No hay adición automática, no se requiere aceptación verbal y no se traslada responsabilidad personal al productor cuando el asegurado no responde.

Referencia Legal: Cal. Ins. Code §10081 et seq.; §10086

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