Seguro de PropietariosPregunta 143 de 215
Según el Código de Seguros de California §10081, ¿cuándo debe el asegurador que emite seguros residenciales ofrecer cobertura sísmica?
a.Solo cuando la propiedad esté en una zona de alta peligrosidad sísmica
b.Solo después del primer pago de un reclamo
c.Cada cinco años
d.Al emitir la póliza por primera vez y al menos cada dos renovaciones después
Explicación
El §10081 obliga a todo asegurador residencial en California a ofrecer cobertura de terremoto al emitir la póliza por primera vez y al menos cada segunda renovación posterior (es decir, cada dos años). La mayoría cumple refiriendo al cliente a la California Earthquake Authority (CEA) por una póliza complementaria separada.
Referencia Legal: Cal. Ins. Code §10081 (mandatory offer of earthquake insurance)Practica las 215 preguntas gratis — sin registro.
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Equipo Editorial de PrepPass · Verificado con California Property & Casualty Insurance License Exam · Cómo revisamos