Organización y LicenciasPregunta 430 de 1632

Una persona se desempeña como el individuo calificador de una empresa existente con licencia. Esa misma persona ahora quiere también calificar una segunda empresa separada. Según la ley de California, esto es:

a.Nunca permitido, sea cual sea la relación entre las empresas
b.Automáticamente permitido, para cualquier número de empresas
c.Permitido solo si la segunda empresa hace trabajo residencial
d.Permitido solo si las empresas se relacionan según el §7068.1

Explicación

El §7068(e) fija la regla por defecto: quien califica en nombre de una firma no puede tener ninguna otra licencia de contratista activa mientras actúa como su individuo calificador, salvo conforme al §7068.1. El §7068.1(a) enumera las tres relaciones que abren la puerta — propiedad común de al menos el 20 por ciento del capital de cada firma, que la firma adicional sea subsidiaria de la primera o una empresa conjunta con ella, o que coincida la mayoría de los socios, funcionarios o gerentes — y el §7068.1(b) limita todo el arreglo a tres firmas en cualquier período de un año. El §7083(a) es donde entra la junta: la exención para calificar varias licencias bajo el §7068.1 es información inscrita en la licencia y todo cambio debe reportarse por escrito dentro de 90 días. Así (a) es demasiado absoluta, (b) ignora tanto la prueba de relación como el tope, y (c) inventa una condición residencial. Violar la sección es delito menor bajo el §7068.1(e), con multa de $3,000 a $5,000.

Referencia Legal: Bus. & Prof. Code §7068(e); §7068.1(a)-(b), (e); §7083(a)

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