Dos contratistas licenciados quieren licitar en un solo proyecto como una empresa conjunta (joint venture). Conforme al Bus. & Prof. Code §7029, deben:
Explicación
El Bus. & Prof. Code §7029 exige que toda empresa conjunta de dos o más licenciatarios que licite o contrate bajo un solo nombre obtenga una licencia de empresa conjunta separada emitida en el nombre de la JV. Cada licenciatario constituyente debe tener una licencia activa y vigente en la clasificación relevante, y se presenta una solicitud separada de licencia de JV (con tarifas reducidas y sin examen separado). Formar una nueva corporación, simplemente anotar JV, o estructurar como principal/sub no satisfacen el §7029. Operar una JV sin licencia impide que la JV demande por compensación bajo el §7031, aunque cada miembro individualmente esté licenciado.
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