Poderes de ArrestoPregunta 18 de 200

Bajo §490.5(f), una detención bajo el privilegio del comerciante debe ser:

a.Hasta por 24 horas, sin importar las circunstancias
b.Razonable en manera y tiempo — generalmente solo lo necesario para investigar la propiedad de la mercancía y esperar a un oficial de la paz
c.Acompañada por esposamiento obligatorio en cada caso
d.Realizada en el estacionamiento de la tienda, nunca dentro de la tienda

Explicación

El Código Penal §490.5(f)(3) permite la detención de manera razonable y por un tiempo razonable para investigar la propiedad, solicitar que un oficial de la paz tome custodia, y entregar a la persona al oficial. La duración excesiva, el tratamiento humillante, o la detención más allá del alcance razonable de investigación crea responsabilidad civil. El esposamiento obligatorio (c) y las restricciones de ubicación (d) no son legales; la detención de 24 horas (a) está dramáticamente más allá de lo que es razonable y constituiría detención ilegal.

Referencia Legal: Cal. Penal Code §490.5(f)

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