Si un guardia de seguridad usa fuerza excesiva sobre una persona, ¿qué estatutos criminales de California aplican más directamente?
Explicación
La fuerza excesiva por un guardia de seguridad privado implica más directamente §240 (agresión — intento ilegal de cometer lesión violenta) y §242 (agresión física — uso intencional e ilegal de fuerza o violencia). Cuando la fuerza involucra un arma letal o es probable que produzca lesión corporal grave, §245 (agresión con arma letal/LCG) puede aplicar, exponiendo al guardia a cargos de delito grave. §149 (a) apunta a oficiales de la paz bajo color de autoridad; §187 (c) es asesinato; §602 (d) es invasión — ninguno de esos es el estatuto principal para acusar de fuerza excesiva.
Referencia Legal: Cal. Penal Code §240, §242Practica las 200 preguntas gratis — sin registro.
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