Legal y ÉticoPregunta 174 de 200

El consentimiento informado para un tratamiento no de emergencia generalmente requiere:

a.Divulgación de riesgos/beneficios/alternativas por el proveedor calificado, capacidad decisional y acuerdo voluntario del residente o sustituto legalmente autorizado
b.Solo una firma en cualquier formulario
c.Solo el visto bueno verbal de la familia sin importar los deseos del residente
d.Sin consentimiento si el centro considera el tratamiento rutinario

Explicación

El consentimiento informado bajo la ley de CA (Probate §4670 et seq.; common-law Cobbs v. Grant) requiere que el proveedor divulgue la naturaleza del tratamiento propuesto, riesgos materiales, beneficios y alternativas; el paciente (o sustituto si el paciente carece de capacidad) debe tener capacidad decisional, entender la información y aceptar voluntariamente sin coerción. El CNA no obtiene consentimiento para tratamientos médicos pero asegura que los deseos expresados del residente sean respetados y reportados. Una firma sola (b), anulación unilateral de la familia (c) o consentimiento asumido para cuidado 'rutinario' (d) no satisfacen el estándar legal.

Referencia Legal: CA Probate Code §4670; 42 CFR §483.10(c)

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