SeguridadPregunta 342 de 1632

Bajo el estándar IIPP, ¿cuándo debe un empleador proporcionar capacitación de seguridad a los empleados?

a.Una vez al año, y otra vez tras cualquier lesión
b.Al contratar, en nuevas tareas y ante nuevos peligros
c.Al contratar, y en las juntas cada diez días laborables
d.Al contratar, y al terminar el período de prueba

Explicación

La sección 3203(a)(7) enumera seis ocasiones: cuando se establece el programa; a todos los empleados nuevos; a los empleados con nuevas asignaciones para las que no han recibido capacitación; cuando nuevas sustancias, procesos, procedimientos o equipos introducen un peligro nuevo; cuando el empleador se entera de un peligro nuevo o antes no reconocido; y a los supervisores, sobre los peligros que enfrentan sus cuadrillas. Ninguna de ellas es una fecha. Un repaso anual (a) es práctica común y no es ni obligatorio ni suficiente, y una lesión tampoco es un disparador: para entonces el peligro ya encontró a alguien. Las juntas de la sección 1509(e) (c) se celebran al menos cada 10 días laborables y cumplen un deber de comunicación, no el de capacitación. Un período de prueba (d) no aparece en las órdenes de seguridad.

Referencia Legal: 8 CCR §3203(a)(7)(A)-(F); §1509(e)

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