EmpleoPregunta 687 de 690

Conforme al Labor Code §2750.5, un trabajador que realiza servicios para los cuales se requiere una licencia de contratista (Bus. & Prof. Code §7000 y siguientes) y que NO ESTÁ LICENCIADO es:

a.Presuntamente un contratista independiente
b.Completamente fuera del sistema de compensación de trabajadores
c.Presumido como un EMPLEADO de la entidad contratante para fines de compensación de trabajadores, salarios y horas, e impuestos, independientemente de cualquier acuerdo de contratista independiente — porque el Labor Code §2750.5 hace de la licencia un prerrequisito para el estatus de contratista independiente cuando se requiere una licencia
d.Elegible para ser clasificado como contratista independiente si tiene una licencia comercial de la ciudad

Explicación

El Labor Code §2750.5 crea una presunción ESTATUTARIA de que una persona que realiza servicios para los cuales se requiere una licencia de contratista es un EMPLEADO en lugar de un contratista independiente, a menos que la persona tenga una licencia válida del CSLB y cumpla con los criterios adicionales ABC/§2781. La Corte Suprema de California en State Compensation Insurance Fund v. WCAB (Mary M.) (2018) reafirmó que §2750.5 complementa (no reemplaza) otras pruebas. La entidad contratante se vuelve responsable de la compensación de trabajadores, impuestos sobre la nómina y obligaciones del Labor Code. Las licencias comerciales de la ciudad no satisfacen §2750.5; solo la licencia de clasificación del CSLB sí.

Referencia Legal: Labor Code §2750.5

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