Obras PúblicasPregunta 690 de 690

Un Acuerdo Laboral de Proyecto (PLA) en un proyecto de obras públicas de California es generalmente:

a.Prohibido por la ley de California como discriminatorio contra contratistas no sindicalizados
b.Permitido si el PLA del organismo adjudicador satisface el Public Contract Code §2500 (permitiendo licitación/contratación no discriminatoria por contratistas sindicalizados y no sindicalizados, reconociendo el derecho de los trabajadores a elegir representación sindical, prohibiendo paros laborales, y vinculando a todos los contratistas y subs del proyecto a sus términos laborales) — y el Labor Code §1771.6 / Gov. Code §65040.13 puede restringir el financiamiento estatal para ciudades chárter que prohíban los PLA
c.Permitido solo en proyectos financiados federalmente
d.Requerido en cada proyecto financiado por el estado de más de $1 millón

Explicación

El Public Contract Code §2500 establece criterios estatutarios básicos para PLA válidos en California: acceso no discriminatorio para licitadores sindicalizados y no sindicalizados, reconocimiento del derecho de los trabajadores a elegir representación, disposiciones de no huelga/no paro patronal, efecto vinculante sobre todos los contratistas, y procedimientos para disputas laborales. SB 922 (2011) y SB 829 (2012) restringen aún más el financiamiento estatal a ciudades chárter que prohíben PLA en proyectos financiados localmente. Los PLA NO están prohibidos, ni se limitan a proyectos federales, ni son universalmente requeridos. El organismo adjudicador tiene discreción bajo §2500 para usar un PLA después de hacer las determinaciones requeridas, típicamente de complejidad o escala del proyecto.

Referencia Legal: Public Contract Code §2500

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