El CSLB puede emitir un Bono Disciplinario además del bono de licencia regular cuando:
Explicación
El bono disciplinario vive en el B&P §7071.8, no en el §7071.17. Tras una acción disciplinaria formal contra la licencia, el Registrador puede exigirlo como condición de reemisión, reinstalación o licencia continuada (d). Desde que la SB 607 entró en vigor el 1 de enero de 2023, el monto es de al menos $25,000, con un techo de diez veces el bono del §7071.6, y se suma al bono de licencia estándar de $25,000; $15,000 es la cifra anterior a 2023. (a) es demasiado estrecha: no pagar una multa de citación es una vía hacia la disciplina, no el disparador en sí. (b) es incorrecta porque el bono lo impone el Registrador, nunca se solicita voluntariamente. (c) lo confunde con el bono del individuo calificador del §7071.9, que depende de qué porcentaje de la entidad posee el RMO o RME.
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