Poderes de ArrestoPregunta 29 de 200

Un guardia de seguridad de almacén observa personalmente a un empleado cargar tres cajas de mercancía de la empresa (más de $950 de valor) en un auto personal al final de un turno. La autoridad disponible del guardia se describe mejor como:

a.Solo llamar a la policía — los empleados no pueden ser arrestados por guardias
b.Arresto ciudadano bajo §837(1) por el robo en presencia, pero solo si el valor es menor a $950
c.Arresto ciudadano bajo §837(1) por hurto mayor (§487) — un delito grave — observado en la presencia del guardia, más posible autoridad de detención §490.5 si aplica un contexto minorista
d.Detener indefinidamente hasta que el empleado devuelva la mercancía

Explicación

El robo de propiedad por más de $950 puede ser acusado como hurto mayor (PC §487), un delito mixto que puede ser un delito grave. Debido a que la ofensa ocurrió en la presencia del guardia, §837(1) autoriza un arresto por persona privada por la ofensa pública — ya sea caracterizada como delito menor o delito grave. El privilegio del comerciante (PC §490.5) suplementa esto en contextos minoristas. La detención indefinida (d) viola §847; la opción (b) tergiversa el efecto del umbral de valor sobre la autoridad en presencia; la opción (a) erróneamente niega la autoridad de arresto ciudadano por ofensas en presencia.

Referencia Legal: Cal. Penal Code §§484, 487, 490.5, 837(1)

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