Vida Grupal y AnualidadesPregunta 121 de 315
Un empleado con cobertura grupal de vida muere 10 días después de dejar el trabajo, sin haber solicitado aún la conversión. ¿Cuál es la obligación de la aseguradora?
a.Pagar el monto grupal como si la conversión ya hubiera ocurrido, porque la muerte ocurrió dentro de la ventana de conversión de 31 días
b.Rechazar el reclamo porque no se emitió póliza individual
c.Pagar solo la prima no devengada al patrimonio
d.Pagar el 50% del monto grupal como compromiso
Explicación
La muerte durante la ventana de conversión de 31 días tras la terminación de la cobertura grupal se paga como si la conversión ya se hubiera completado, aun cuando no se haya emitido póliza individual. Es una protección legal en la ley de vida grupal de California.
Referencia Legal: Cal. Ins. Code §10209Practica las 315 preguntas gratis — sin registro.
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