Según §11580, una tercera parte lesionada que ha obtenido sentencia contra un asegurado responsable en un accidente de auto puede entablar acción directa contra la aseguradora cuando:

a.La sentencia permanece insatisfecha 30 días después del aviso a la aseguradora
b.En cualquier momento tras el accidente, sin obtener primero una sentencia
c.Solo si la aseguradora admite cobertura por escrito
d.Las acciones directas contra aseguradoras están prohibidas en California

Explicación

El Código de Seguros §11580(b)(2) autoriza acción directa contra la aseguradora cuando una sentencia a favor del lesionado contra el asegurado permanece insatisfecha al menos 30 días después del aviso de entrada de la sentencia. La disposición debe incluirse en toda póliza de responsabilidad de California.

Referencia Legal: Cal. Ins. Code §11580

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