Un corredor de P&C cobra $5,000 en primas a un cliente para vincular una póliza de propietarios con una aseguradora admitida. Bajo el estatuto de deber fiduciario, el corredor debe:

a.Depositar los fondos en la cuenta operativa general del corredor y remitirlos dentro de 90 días
b.Mantener las primas en calidad fiduciaria como fondos en fideicomiso y rendir cuentas de ellas
c.Emitir los fondos como préstamo personal a la aseguradora a tasas de mercado
d.Retener los fondos como compensación hasta que la póliza expire

Explicación

La Sección 1733 requiere que el licenciatario que maneje primas las mantenga en calidad fiduciaria sin mezclarlas con fondos personales u operativos. Las primas son fondos fiduciarios que deben remitirse a la aseguradora neto de comisión o devolverse al asegurado. Las opciones (a), (c) y (d) son violaciones por mezcla o conversión.

Referencia Legal: Cal. Ins. Code §1733

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