Organización y LicenciasPregunta 405 de 1632

¿El bono del individuo calificador se requiere principalmente en cuál situación?

a.Cada vez que cualquier contratista renueva una licencia existente
b.Cuando el calificador es un RME, o un RMO con menos del 10 por ciento
c.Cuando el contratista pone a su primer empleado en la nómina
d.Solo cuando el contratista licita en obras públicas estatales o locales

Explicación

El §7071.9(a)(1) exige el bono del individuo calificador de $25,000 siempre que el calificador no sea el propietario, un socio general ni un colicenciatario, lo que abarca a todo empleado gerente responsable, y el §7071.9(c) exime al funcionario gerente responsable solo cuando posee el 10 por ciento o más de las acciones con voto de la corporación y lo certifica. El detonante es entonces quién es el calificador, no los hechos de las otras tres opciones: la renovación de (a) no crea el bono; (c) apunta al certificado de seguro de compensación de trabajadores del §7125, que depende de tener empleados (o una clasificación C-8, C-20, C-22, C-39 o D-49) y nada tiene que ver con este bono; y la obra pública de (d) trae fianzas de licitación y de pago ajenas a esta. Este bono se suma al bono de contratista del §7071.6 y no puede combinarse con él, y el §7071.9(b) limita a $7,500 la responsabilidad agregada del fiador por reclamos distintos de los beneficiarios del §7071.10(a)(1).

Referencia Legal: Bus. & Prof. Code §7071.9(a)-(c); §7071.10(a)(1); §7071.6

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