Poderes de ArrestoPregunta 46 de 200

El Código Penal §834 define un arresto como:

a.La primera comparecencia formal del sospechoso ante un juez en audiencia pública tras el delito
b.El ingreso del sospechoso en una cárcel del condado, momento en que se le toman huellas y una fotografía
c.La presentación de una denuncia penal formal contra la persona por la oficina del Fiscal de Distrito
d.La toma de una persona bajo custodia, en un caso y de la manera autorizada por la ley

Explicación

El Código Penal §834 define un arresto como 'la toma de una persona bajo custodia, en un caso y de la manera autorizada por la ley.' Puede ser hecho por un oficial de la paz o por una persona privada bajo los estatutos de autoridad relevantes. El 'cómo' mecánico se especifica luego en §835 (restricción real o sometimiento a la custodia). Las comparecencias ante la corte (a), el fichaje (b), y la presentación de una denuncia (c) son eventos posteriores al arresto. Juntos §§834-835 forman el marco de arresto fundacional sobre el cual se construyen §836 (oficial de la paz) y §837 (persona privada).

Referencia Legal: Cal. Penal Code §834

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