Poderes de ArrestoPregunta 6 de 200

Un guardia de seguridad privado recibe un reporte creíble de que un empleado identificado cometió un robo comercial (delito grave) anteriormente durante ese turno. El empleado todavía está en las instalaciones. Bajo §837, ¿puede el guardia arrestar al empleado?

a.No — el delito grave no se cometió en la presencia del guardia
b.Sí — pero solo si un oficial de la paz autoriza el arresto por teléfono
c.Sí — §837(3) permite el arresto por una persona privada por un delito grave realmente cometido, cuando el arrestador tiene causa razonable para creer que el arrestado lo cometió
d.No — la seguridad privada debe retener al sospechoso para que un oficial de la paz haga el arresto

Explicación

El Código Penal §837(3) autoriza el arresto por una persona privada 'cuando un delito grave se ha cometido de hecho, y tiene causa razonable para creer que la persona arrestada lo cometió.' A diferencia de los delitos menores (solo en presencia bajo §837(1)), los delitos graves pueden ser arrestados por personas privadas con causa razonable. El estándar de causa razonable requiere más que mera sospecha. Después del arresto, el guardia debe entregar al arrestado a un oficial de la paz o magistrado sin demora innecesaria (§847).

Referencia Legal: Cal. Penal Code §837(3), §847

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