Según la ley de California, antes de realizar cualquier negocio de seguros en el estado, una persona debe:

a.Aprobar únicamente una verificación de antecedentes
b.Tener una licencia emitida por el Comisionado de Seguros
c.Registrarse ante el Departamento de Atención Médica Administrada
d.Presentar una declaración de nombre comercial ficticio

Explicación

§1631 hace ilegal solicitar, negociar o efectuar seguros en California sin estar primero autorizado por el Comisionado. La verificación de antecedentes (live scan) es parte de la solicitud, pero por sí sola no autoriza a transactar seguros.

Referencia Legal: Cal. Ins. Code §1631

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