Según §1668, el Comisionado puede denegar la solicitud de licencia de agente-corredor de líneas personales por cualquiera de los motivos enumerados. Cuál de los siguientes NO es un motivo legal de denegación?

a.Condena por delito grave de deshonestidad
b.Declaración falsa material en la solicitud
c.Mostrar falta de integridad en tratos comerciales personales
d.Pertenecer a un sindicato que respalda a una aseguradora particular

Explicación

La Sección 1668 enumera 14 motivos de denegación, incluyendo deshonestidad, fraude, declaración falsa material y falta de integridad. La afiliación sindical legal no figura entre los motivos legales; el Comisionado no puede denegar una licencia basándose en actividad asociativa protegida.

Referencia Legal: Cal. Ins. Code §1668

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