Un agente-corredor de líneas personales cobra prima de un propietario. Según §1733, esos fondos se mantienen en qué carácter?

a.Propiedad personal del corredor que puede usarse para gastos del negocio
b.Cuenta de inversión con intereses propiedad del corredor
c.Fondos fiduciarios mantenidos en fideicomiso para la aseguradora o el asegurado
d.Anticipo reembolsable que puede mezclarse con fondos operativos

Explicación

El Código de Seguros §1733 establece que todos los fondos recibidos por un licenciatario que actúa como agente o corredor por cualquier transacción de seguros se reciben y mantienen en carácter fiduciario. El licenciatario debe remitirlos a la aseguradora, asegurado u otra persona con derecho y no puede desviarlos a uso personal.

Referencia Legal: Cal. Ins. Code §1733

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