Una aseguradora pretende no renovar una póliza de auto personal al final del término. Según §663, cuánto aviso escrito anticipado debe enviarse al asegurado nombrado?

a.Al menos 20 días antes del vencimiento, el mismo plazo que el §662 fija para la cancelación a mitad de término
b.Al menos 45 días, y la aseguradora también debe presentar una copia del aviso ante el Departamento de Seguros
c.Al menos 30 días antes del vencimiento, con la declaración exigida por el §666
d.Al menos 10 días, y el aviso no necesita indicar ninguna razón para la no renovación

Explicación

§663(a)(2): al menos 30 días, con la declaración del §666 que indica al asegurado cómo solicitar el motivo. No hay techo de 60 días: la ley fija solo un mínimo. El §678 es la sección de propiedad residencial y no alcanza al auto; los 20 y 10 días del §662 son cancelación, y los 20 días del §663(a)(1) son el plazo para OFRECER la renovación, no para negarla.

Referencia Legal: Cal. Ins. Code §663(a)(2)

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