Una aseguradora informa a las autoridades sobre información de un reclamo de propietario que cree razonablemente fraudulento. Según §1879.5, la aseguradora:

a.Está inmune de responsabilidad civil por la divulgación si se hace de buena fe y sin malicia
b.Debe obtener consentimiento escrito del asegurado antes del reporte
c.Es responsable por difamación si el sospechoso no es condenado
d.Debe esperar a que se presenten cargos penales antes de compartir el archivo

Explicación

El Código de Seguros §1879.5 otorga a aseguradoras, empleados y agentes autorizados inmunidad civil por proporcionar información sobre fraude sospechoso al Departamento de Seguros o a la policía, siempre que la divulgación sea de buena fe y sin intención fraudulenta ni malicia real.

Referencia Legal: Cal. Ins. Code §1879.5

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