Reglas Específicas de CaliforniaPregunta 64 de 474
Para una póliza de auto personal, ¿cuánto aviso escrito anticipado de no renovación debe dar una aseguradora de California?
a.75 días
b.60 días
c.90 días
d.30 días
Explicación
30 días, conforme al §663(a)(2). La sección antes citada, el §663.5, no fija plazo alguno de aviso: prohíbe a la aseguradora negarse a renovar únicamente por la edad del asegurado o porque haya un reclamo pendiente. La lista de causales del §661 rige la cancelación a mitad de período, no la no renovación. Los 75 días son el plazo de propiedad residencial del §678(c)(1), y 60 y 90 días no son plazos de auto en California.
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