Regulaciones de NYC (Artículo 81)Pregunta 205 de 240
Según el Artículo 81 del Código de Salud de NYC, ¿cuándo debe estar presente un supervisor con Certificado de Protección de Alimentos en un establecimiento de alimentos?
a.Solo cuando se cocina carne cruda
b.En todo momento que el establecimiento esté operando
c.Una vez por semana para una revisión
d.Solo durante las inspecciones de salud
Explicación
El Artículo 81 exige que un titular del Certificado de Protección de Alimentos esté en el sitio en todo momento que el establecimiento esté operando. El titular supervisa el manejo seguro de los alimentos siempre que se preparen o sirvan.
Referencia Legal: NYC Health Code Article 81Practica las 240 preguntas gratis — sin registro.
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Última revisión: · proceso editorial
Sen Lin, Fundador de PrepPass · Verificado con NYC Food Protection Certificate Exam · Cómo revisamos