Derechos del PacientePregunta 11 de 200

Las horas de visita y derechos de acceso en los centros de enfermería especializada de California requieren que:

a.El residente tiene el derecho de recibir visitantes de su elección a las horas de su elección, sujeto solo a límites clínicos y de seguridad razonables
b.Solo pueden visitar parientes consanguíneos
c.Las visitas están restringidas a 1-3 pm diariamente
d.Las parejas del mismo sexo requieren aprobación especial del administrador

Explicación

42 CFR §483.10(f)(4) y HSC §1599.76 protegen el derecho a recibir visitantes de la elección del residente, incluidas parejas del mismo sexo, amigos y clero, a las horas que el residente elija, sujeto solo a restricciones clínicas o de seguridad razonables y al propio consentimiento del residente. Limitarlo a parientes consanguíneos (b), horarios rígidos (c), o requerir aprobación basada en el tipo de relación (d) violan tanto la regulación federal como la ley de no discriminación de California (Unruh Act; HSC §1439.50 LGBT Long-Term Care Bill of Rights).

Referencia Legal: 42 CFR §483.10(f)(4); HSC §1599.76

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