EmpleoPregunta 29 de 1632

El Código Laboral §1771 exige salarios prevalecientes en obras públicas, pero exceptúa los proyectos cuyo monto contractual no supere cierta cifra. ¿Hasta qué monto queda exceptuado un proyecto de obras públicas?

a.$500
b.$1,000
c.$15,000
d.$25,000

Explicación

El §1771 exige la tarifa general prevaleciente de salarios por día en todas las obras públicas, 'excepto en proyectos de obras públicas de mil dólares ($1,000) o menos' (b). La excepción está escrita justo en el límite, así que un contrato de exactamente $1,000 queda dentro de ella y uno de $1,000.01 no. (a) $500 no es una cifra del §1771. (c) $15,000 y (d) $25,000 son números reales tomados de otra regla: conforme al §1771.5(a), una entidad adjudicadora que opere un programa de cumplimiento laboral aprobado por el Director de Relaciones Industriales puede optar por no exigir salario prevaleciente en alteración, demolición, reparación o mantenimiento de $15,000 o menos, o construcción de $25,000 o menos. Ese mismo par rige por separado el registro ante el DIR conforme al §1771.1(n).

Referencia Legal: Labor Code §1771

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