EmpleoPregunta 32 de 1632

Según la ley de California, los empleadores de la industria de la construcción deben pagar a los empleados al menos:

a.Una vez por semana, en un día fijado de antemano
b.Una vez al mes calendario, en fecha fija
c.Cada dos semanas, y nunca dos veces al mes
d.Dos veces al mes calendario, o cada dos semanas

Explicación

El Código Laboral §204 hace que los salarios venzan dos veces en cada mes calendario, en días designados de antemano, y considera que una nómina semanal, quincenal o bimensual cumple esa regla si se paga dentro de siete días calendario del cierre del período: por eso dos veces al mes, o cada dos semanas, es el piso para una cuadrilla de construcción. Pagar semanalmente es lícito pero más de lo que el §204 exige, así que no es el mínimo legal. Una vez al mes solo es lícito para empleados exentos ejecutivos, administrativos y profesionales. Y nada obliga a un empleador de construcción a un ciclo de dos semanas: una nómina bimensual cumple igual.

Referencia Legal: Labor Code §204; §204(d)

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