Una solicitante de auto personal en California le dice al productor por teléfono que no quiere cobertura de motoristas sin seguro (UM). El productor emite la póliza sin UM. Bajo el §11580.2, ¿cuál es el efecto legal?

a.UM queda debidamente renunciada; la póliza no lleva cobertura UM
b.UM queda renunciada solo para daños a la propiedad; UM por lesiones corporales permanece
c.La renuncia es inefectiva; UM permanece vigente a los límites legales por defecto porque el rechazo no fue por escrito firmado
d.El productor es multado con $1,000 por ocurrencia pero la renuncia en sí es válida

Explicación

El §11580.2 del Código de Seguros exige que cualquier rechazo de UM, o cualquier selección de límites de UM inferiores a los límites de responsabilidad por lesiones corporales (hasta 30/60), se haga en un escrito firmado que cumpla los requisitos legales. Un rechazo oral es inefectivo. Por lo tanto, UM permanece vigente a los límites por defecto y la aseguradora sigue en el riesgo hasta que conste una renuncia escrita conforme.

Referencia Legal: Cal. Ins. Code §11580.2

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