Una solicitante de auto personal en California le dice al productor por teléfono que no quiere cobertura de motoristas sin seguro (UM). El productor emite la póliza sin UM. Bajo el §11580.2, ¿cuál es el efecto legal?

a.La renuncia es inefectiva; UM permanece vigente a los límites legales por defecto porque el rechazo no fue por escrito firmado
b.La UM por lesiones corporales queda renunciada por la declaración oral, pero la UM por daños a la propiedad sigue en la póliza hasta que se firme un rechazo escrito aparte
c.UM queda debidamente renunciada; la póliza no lleva cobertura UM
d.La renuncia es válida y la única exposición del productor es una multa administrativa del Departamento de Seguros de $5,000 por cada acto bajo el §790.035

Explicación

El §11580.2 del Código de Seguros exige que cualquier rechazo de UM, o cualquier selección de límites de UM inferiores a los límites de responsabilidad por lesiones corporales (hasta 30/60), se haga en un escrito firmado que cumpla los requisitos legales. Un rechazo oral es inefectivo. Por lo tanto, UM permanece vigente a los límites por defecto y la aseguradora sigue en el riesgo hasta que conste una renuncia escrita conforme.

Referencia Legal: Cal. Ins. Code §11580.2

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