Federal RequirementsPregunta 46 de 100

¿Con qué frecuencia debe un registrante de la DEA hacer un inventario completo de todas las sustancias controladas en existencia?

a.Cada 2 años
b.Cada 12 meses
c.Cada 6 meses
d.Cada 5 años

Explicación

La ley federal exige un inventario bienal, es decir, un conteo completo de las sustancias controladas en existencia al menos cada 2 años, además del inventario inicial que se hace cuando el registrante empieza a manejar controlados. Los ciclos anuales, semestrales y de cinco años no son el estándar federal, aunque algunos estados piden inventarios más seguido. Los registros de la Lista II deben mantenerse separados de los demás y todos los registros de controlados deben estar disponibles de inmediato y guardarse al menos 2 años; este es el mínimo federal y algunos estados son más estrictos.

Referencia Legal: 21 CFR 1304 (controlled substance records)

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