Obras PúblicasPregunta 489 de 1632El 90% de los examinados la responde bien

Además de sanciones y salarios atrasados, un contratista que viola intencionalmente la ley de salario prevaleciente en obras públicas puede estar sujeto a inhabilitación, lo que significa que el contratista:

a.Pierde su licencia del CSLB para siempre a la primera
b.Debe pagar al estado el triple del valor del contrato
c.Queda excluido de licitar obra pública por un tiempo
d.Queda excluido solo de obra federal, no estatal

Explicación

La sección 1777.1 del Código Laboral deja al contratista inhabilitado, y a cualquier firma en la que tenga interés, sin poder licitar, recibir adjudicación ni trabajar como subcontratista en obra pública durante un plazo de uno a tres años; vencido el plazo, la elegibilidad vuelve. La licencia del CSLB es asunto aparte y la inhabilitación no la revoca. El triple del contrato no es el remedio del salario prevaleciente: la §1775 añade una sanción por trabajador y por día más la diferencia salarial. La inhabilitación californiana alcanza la obra estatal y local; la exclusión federal es un proceso federal distinto.

Referencia Legal: Labor Code §1777.1

Practica las 1632 preguntas gratis — sin registro.

Own the complete CSLB Law & Business guide — PDF + EPUB, $24.99 →

Preguntas relacionadas de este tema

Última revisión: · proceso editorial

Equipo de PrepPass · Verificado con California CSLB Contractor License Law & Business Exam · Cómo revisamos
Revisado por Abraham Chen — Licensed California General Contractor (CSLB License #1101856 — verificar)
Reportar