Bajo el Código de Alimentos al Detalle de California §113949.2, un manipulador de alimentos es diagnosticado con virus de Hepatitis A. ¿Qué combinación de acciones requiere el encargado?
Explicación
El Código de Alimentos al Detalle de California HSC §113949.2 y §113949.4 exigen EXCLUSIÓN (no solo restricción) para un manipulador diagnosticado con virus de Hepatitis A (HAV). 'Exclusión' bajo el código significa que el empleado no puede estar en el establecimiento en ningún rol — ni lavando platos, ni en mostrador, ni limpiando. La razón es que el HAV se elimina por heces empezando 1-2 semanas ANTES de que aparezcan los síntomas y continuando 1-3 semanas después del inicio de la ictericia; el virus es excepcionalmente resistente (sobrevive en superficies y manos por horas o días), la dosis infecciosa es muy baja y la contaminación puede ocurrir por cualquier superficie que el empleado toque. Acciones: (1) exclusión inmediata, (2) notificar a la agencia local sin demora (requerido para diagnósticos Big 6), (3) cooperar con la investigación de contactos, (4) profilaxis post-exposición (vacuna HAV o inmunoglobulina) en 14 días para compañeros expuestos y posiblemente clientes, (5) regreso solo con autorización médica escrita. Las opciones A, B y C mantienen un trabajador HAV-positivo en las instalaciones y no cumplen; múltiples brotes principales en EE.UU. (p. ej., brote de Chi-Chi's de 2003, 660 enfermos, 4 muertos) se rastrean a ignorar esta regla.
Referencia Legal: HSC §113949.2Practica las 319 preguntas gratis — sin registro.
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