Bajo el Código de Alimentos al Detalle de California §113949.4, un manipulador de alimentos que TUVO UN EPISODIO DE VÓMITO en el trabajo debe ser excluido por al menos cuánto tiempo mínimo después del último episodio?
Explicación
El Código de Alimentos al Detalle de California HSC §113949.4 (adoptando FDA Food Code 2-201.13) exige la exclusión del manipulador que vomita en el trabajo por un MÍNIMO de 24 horas sin síntomas después del último episodio de vómito, antes de regresar. Vomitar se trata como un evento de alta sospecha de Norovirus, que puede aerosolizarse en gotas de vómito y propagarse en un radio amplio (dispersión documentada hasta 25 pies). El mínimo de 24 horas es consistente con la exclusión por diarrea; muchas agencias de cumplimiento de California y operadores corporativos aplican 48 horas como intervalo más seguro porque la eliminación de Norovirus continúa mucho después de cesar los síntomas. Además de la exclusión, el Código de Alimentos al Detalle de California §114049 (limpieza de accidentes de vómito y heces) exige que el establecimiento tenga un procedimiento ESCRITO para: (a) limpiar de forma segura la contaminación usando un producto registrado por la EPA efectivo contra Norovirus (típicamente cloro a ≥1000 ppm, o un producto de la EPA List G), (b) desechar los alimentos en el radio de salpicadura, (c) aislar y re-sanitizar el área y (d) evaluar al personal expuesto. Las opciones A, B y C son todas más cortas que el mínimo de 24 horas del código y no cumplen.
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