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Disposiciones de Pólizas de Vida
37 preguntasCalifornia exige que toda póliza de seguro de vida sea incontestable después de haber estado en vigor durante la vida del asegurado por 2 años desde la fecha de emisión, salvo por falta de pago de prima y ciertas defensas relacionadas con fraude.
Cal. Ins. Code §10113.5Aunque las pólizas individuales de vida estándar deben ofrecer al menos 10 días de free-look, California exige un período de 30 días cuando la póliza se emite a un solicitante de 65 años o más.
Cal. Ins. Code §10127.9Según la disposición de contrato íntegro, la póliza y la solicitud adjunta constituyen el contrato completo entre las partes. Las declaraciones verbales, las ilustraciones de venta y los manuales de suscripción no forman parte del contrato.
Cal. Ins. Code §10113Las pólizas de vida de California deben incluir un período de gracia de al menos un mes (normalmente 31 días). Durante este período la póliza sigue vigente, y si ocurre el fallecimiento, la prima impaga se descuenta del beneficio.
Cal. Ins. Code §10113Para rehabilitar una póliza de vida caducada dentro del período de rehabilitación (normalmente de tres a cinco años), el asegurado debe presentar prueba de asegurabilidad y pagar todas las primas vencidas más intereses. Se restablece la póliza original, no se emite un contrato nuevo.
Cal. Ins. Code §10113Las pólizas de vida en California suelen incluir una exclusión por suicidio de dos años. Si el asegurado se suicida dentro de esos dos años, el asegurador solo está obligado a devolver las primas pagadas (menos cualquier deuda). Después de los dos años, el suicidio es una causa de muerte cubierta.
Cal. Ins. Code §10113Según la cláusula de declaración errónea de edad (y sexo), la póliza no se anula. El beneficio por muerte se ajusta a la cantidad que la prima realmente pagada habría comprado a la edad (o sexo) correcta al momento de la emisión.
Cal. Ins. Code §10113Bajo la opción de liquidación de solo interés, el capital permanece con el asegurador y el beneficiario recibe únicamente los intereses generados, normalmente hasta una fecha futura o hasta que elija otra opción.
Cal. Ins. Code §10113La opción de período fijo paga el capital (con interés) en cuotas iguales durante un número determinado de años. Si el receptor fallece antes de que termine el período, los pagos garantizados restantes continúan al pagador contingente o al patrimonio.
Cal. Ins. Code §10168La renta vitalicia pura produce el pago periódico más alto porque la obligación del asegurador termina al fallecer el rentista, sin garantía para ningún sobreviviente o patrimonio. Las opciones con reembolso o período cierto reducen cada pago a cambio de garantías adicionales.
Cal. Ins. Code §10168El seguro temporal extendido utiliza el valor en efectivo existente como prima única para comprar seguro temporal igual al monto nominal original, con duración limitada al tiempo que el valor en efectivo pueda cubrir. En la mayoría de las pólizas permanentes es la opción de no caducidad automática (predeterminada).
Cal. Ins. Code §10209El seguro reducido pagado usa el valor en efectivo como prima única para adquirir una póliza permanente más pequeña, totalmente pagada. No se deben más primas, la cobertura es de por vida y el nuevo monto nominal es menor que el original.
Cal. Ins. Code §10209Los dividendos de pólizas de vida participantes se consideran una devolución de prima no utilizada y generalmente no son gravables. Solo se gravan cuando los dividendos acumulados superan el total de primas pagadas, o cuando se mantienen con interés (el interés sí es gravable).
Cal. Ins. Code §10110La opción de adiciones pagadas (PUA) usa cada dividendo como prima única para comprar un pequeño bloque de seguro permanente adicional totalmente pagado. Cada PUA tiene su propio beneficio por muerte y valor en efectivo, aumentando los valores totales con el tiempo.
Cal. Ins. Code §10172Un beneficiario irrevocable tiene un interés adquirido en la póliza. El titular no puede cambiar al beneficiario, rescatar la póliza, tomar un préstamo sobre el valor en efectivo ni cederla sin el consentimiento escrito del beneficiario irrevocable.
Cal. Ins. Code §10130Según la Ley Uniforme de Muerte Simultánea, cuando el asegurado y el beneficiario primario mueren en una catástrofe común y no se puede determinar el orden de los fallecimientos, se presume que el asegurado sobrevivió al beneficiario. El beneficio se paga entonces al beneficiario contingente, o al patrimonio del asegurado si no hay ninguno.
Cal. Prob. Code §220 (Uniform Simultaneous Death Act)La distribución per stirpes (por estirpe) envía la parte del beneficiario fallecido a sus descendientes. Cada hijo sobreviviente sigue recibiendo un tercio; la parte de un tercio del hijo fallecido se divide entre sus dos hijos (cada nieto recibe un sexto).
Cal. Ins. Code §10130Una cláusula spendthrift restringe la capacidad del beneficiario de anticipar, ceder o transferir pagos futuros, y los protege contra la mayoría de los acreedores, ayudando a un beneficiario financieramente inexperto.
Cal. Ins. Code §10130.5Una cesión absoluta es la transferencia total y permanente de todos los derechos de la póliza al cesionario. En cambio, una cesión colateral transfiere solo los derechos suficientes para garantizar una deuda, y el resto de los beneficios vuelven al titular una vez pagada la deuda.
Cal. Ins. Code §10130El privilegio de conversión permite al titular cambiar una póliza temporal convertible por una póliza permanente sin prueba de asegurabilidad, siempre que se ejerza dentro del período de conversión definido. La prima de la nueva póliza permanente se calcula por el método de edad alcanzada o edad original, según permita la póliza.
Cal. Ins. Code §10209.5La mayoría de los riders de Beneficio por Muerte Accidental (ADB) requieren que la muerte por lesión corporal accidental ocurra dentro de los 90 días siguientes al accidente para pagar la 'doble indemnización'. Además, el rider suele expirar a una edad determinada (a menudo 65 o 70 años).
Cal. Ins. Code §10271Con el rider de exención de prima, si el asegurado queda totalmente incapacitado antes de una edad determinada (normalmente 60 o 65) y la incapacidad dura más que un período de espera definido (comúnmente 6 meses), el asegurador exime las primas siguientes durante la incapacidad. La cobertura y el valor en efectivo continúan acumulándose como si se pagaran las primas.
Cal. Ins. Code §10271Un rider de Asegurabilidad Garantizada ofrece al asegurado fechas de opción (a menudo cada tres años hasta cierta edad) y eventos de vida (como matrimonio o nacimiento de un hijo) en los que puede adquirir seguro de vida permanente adicional sin nueva suscripción médica.
Cal. Ins. Code §10271El rider de beneficio acelerado (beneficio en vida) permite al asegurado recibir un anticipo de parte del beneficio por muerte cuando se le diagnostica una enfermedad terminal, crónica o, en algunos casos, crítica, según defina el rider. El beneficio por muerte restante al fallecer se reduce en consecuencia.
Cal. Ins. Code §10295.1Los préstamos sobre el valor en efectivo no tienen un calendario de reembolso fijo. Si el préstamo y los intereses acumulados no se han pagado al fallecer el asegurado, el asegurador descuenta el saldo del beneficio por muerte. Los préstamos de pólizas permanentes no-MEC generalmente no son gravables mientras la póliza permanezca en vigor.
Cal. Ins. Code §10110Los menores generalmente no pueden recibir los fondos del seguro directamente. Las soluciones comunes son designar un fideicomiso como beneficiario, o dirigir los fondos a un custodio según la Ley Uniforme de Transferencias a Menores de California (UTMA), que administra los fondos hasta que el menor alcance la edad establecida por la ley.
Cal. Prob. Code §3900 (UTMA)California Insurance Code §10113.5 requiere que toda póliza de vida sea incontestable después de haber estado en vigor durante la vida del asegurado por 2 años desde la fecha de emisión, EXCEPTO por falta de pago de prima. Una vez que expira el período de impugnabilidad de 2 años, la aseguradora no puede rescindir por tergiversación ni siquiera por ocultamiento — el beneficio por fallecimiento debe pagarse. La ventana de 2 años equilibra la protección de la aseguradora contra el riesgo continuo de fraude para los consumidores. La opción A aplica solo DENTRO del período de 2 años. La opción C es el remedio incorrecto (el error de edad ajusta el monto nominal, no por ocultamiento de salud). La opción D es incorrecta bajo la ley de California — incluso el ocultamiento fraudulento generalmente no puede plantearse después de 2 años en seguros de vida (una protección clave al consumidor de California, contrastando con las reglas generales de fraude contractual).
Cal. Ins. Code §10113.5 (incontestability)California Insurance Code §10113.1 permite que una póliza de seguro de vida excluya el suicidio como causa cubierta de muerte solo durante los primeros 2 años de la póliza. Si el asegurado comete suicidio dentro de ese período de exclusión de 2 años, la responsabilidad de la aseguradora se limita a un reembolso de las primas pagadas (menos endeudamiento). Después del período de exclusión de 2 años, el suicidio SÍ es una causa cubierta y se paga el beneficio por fallecimiento completo. Aquí, 17 meses después de la emisión está dentro de la ventana de exclusión, por lo que la opción C — reembolso de primas — es correcta. La opción A aplicaría solo DESPUÉS de la exclusión de 2 años. La opción B es demasiado dura — las primas se reembolsan, no se confiscan. La opción D — la ley de California no autoriza el beneficio por fallecimiento parcial; es una regla binaria de reembolso o pago.
Cal. Ins. Code §10113.1 (suicide clause)La cláusula de error de edad (y ahora error de sexo) requerida por California Insurance Code §10113.7 proporciona un ajuste EQUITATIVO, no una rescisión. La aseguradora ajusta el beneficio por fallecimiento al monto que la prima realmente pagada habría comprado si se hubiera revelado la edad correcta. Como la prima del seguro de vida varía con la edad, una declaración subestimada significa que el asegurado pagó menos; el beneficio por fallecimiento se reduce en consecuencia. La opción B es demasiado dura — California trata esto como un ajuste aritmético, no fraude contractual, porque la edad es universalmente verificable. La opción C — facturar al patrimonio no es el remedio elegido. La opción D — el error de edad está específicamente EXCLUIDO de la defensa de incontestabilidad; puede usarse en cualquier momento, pero solo para ajuste aritmético, no rescisión.
Cal. Ins. Code §10113.7 and §10128.4 (misstatement of age/sex)California Insurance Code §10127.9 requiere un período mínimo de libre examen de 10 días para pólizas individuales de seguro de vida entregadas a compradores no seniors (menores de 60 años). Durante este período el titular puede devolver la póliza para un reembolso completo de la prima. Para compradores de 60 años o más el período se extiende a 30 días bajo §10127.10 — una de las protecciones al consumidor senior más fuertes de California. Para vida variable y anualidades variables, aplican reglas federales adicionales de divulgación, pero la línea base de 10 días es el mínimo de California para adultos menores de 60. La opción A (5 días) está por debajo del mínimo estatutario. La opción B (20 días) no es una ventana reconocida de CA. La opción C (30 días) es el libre examen SENIOR, no el estándar. Siempre distingue: 10 días (adulto estándar) vs. 30 días (60+ años).
Cal. Ins. Code §10127.9 (standard free-look)Bajo California Insurance Code §10113.1 (y §10295.10 para requisitos de divulgación) e IRC §101(g), un rider de beneficio por fallecimiento acelerado (ADB) permite que un asegurado terminalmente enfermo (típicamente certificado con 24 meses o menos de vida, o en algunos contratos 12 meses) o crónicamente enfermo reciba una porción del beneficio por fallecimiento de la póliza mientras aún vive. El monto acelerado reduce el beneficio por fallecimiento que finalmente se paga al beneficiario, y cualquier préstamo de póliza debe ser atendido. Los pagos ADB correctamente estructurados se excluyen del ingreso bruto bajo IRC §101(g). La opción A es incorrecta porque el rider acelera, no agrega, al beneficio por fallecimiento. La opción B confunde ADB con un intercambio §1035 a una anualidad LTC. La opción D es fabricada; ADB está disponible en la mayoría de pólizas permanentes y muchas temporales, requiere solo la certificación médica calificativa, y no requiere hospitalización activa.
California Insurance Code §10113.1 (accelerated death benefits / living benefits)California Insurance Code §10113.1 a §10113.3 (y secciones sucesoras que rigen los acuerdos de vida) requieren que cualquier persona que adquiera una póliza de seguro de vida existente de un asegurado terminalmente o crónicamente enfermo por valor tenga licencia como proveedor de acuerdo viatical o de vida, siga reglas de divulgación, observe períodos de rescisión y proteja al vendedor de presión indebida. Bajo IRC §101(g)(2), los pagos a un asegurado TERMINALMENTE enfermo (definido como con expectativa de vida certificada por médico de 24 meses o menos) de un proveedor calificado de acuerdo viatical se tratan como si se recibieran como beneficio por fallecimiento y por lo tanto se excluyen del ingreso bruto. La opción A es incorrecta; la transacción es lícita cuando está debidamente licenciada. La opción C ignora la exclusión §101(g). La opción D es fabricada; los proveedores comerciales, debidamente licenciados, son el mercado estándar para acuerdos viaticales y de vida.
California Insurance Code §10113.2 (viatical and life settlements)Bajo California Insurance Code §10130 y §10170 y disposiciones estándar de pólizas, una cesión ABSOLUTA es una transferencia completa de todos los derechos de propiedad en la póliza del cedente al cesionario. El cesionario se convierte en el nuevo titular y puede ejercer todos los derechos: cambiar el beneficiario, obtener préstamos de póliza, rescatar por efectivo, elegir opciones de dividendos, etc. Una cesión COLATERAL, en contraste, transfiere solo un interés limitado (típicamente a un acreedor como garantía de una deuda) y vuelve al titular original cuando se paga la deuda. La aseguradora normalmente requiere notificación escrita pero no es parte de la cesión. La opción B describe una cesión parcial o colateral. La opción C tergiversa el rol de la aseguradora (solo notificación). La opción D inventa una restricción solo familiar que no existe; cualquier adulto competente puede ser cesionario.
California Insurance Code §10170 (assignment of policy)Una exclusión de guerra (también llamada cláusula de 'resultados' o 'estatus') es una disposición opcional permitida bajo California Insurance Code §10110 et seq. y formularios de pólizas. La variante de 'resultados' excluye la muerte que resulta de un acto de guerra (declarada o no declarada); la variante de 'estatus' excluye la muerte mientras el asegurado está en servicio militar. Cuando aplica la exclusión, la responsabilidad de la aseguradora generalmente se limita a un reembolso de las primas pagadas (a menudo con intereses) en lugar del monto nominal completo. Las cláusulas de guerra son poco comunes hoy en tiempos de paz pero pueden reaparecer en emisiones de tiempos de guerra. La opción A aplicaría solo a pólizas SIN exclusión de guerra. La opción B (reducción del 50%) es fabricada. La opción C es inventada; no hay rider de 'bono de guerra'. Siempre verifique la redacción específica del contrato: muchas pólizas modernas de California omiten exclusiones de guerra o las limitan estrictamente.
California Insurance Code §10110 et seq. (policy exclusions); standard war clauseLas exclusiones de aviación, cuando se usan, están redactadas de manera estricta bajo California Insurance Code §10110 y los formularios estándar aprobados por la ICA. La exclusión típicamente niega cobertura cuando el asegurado muere mientras actúa como piloto, estudiante piloto o miembro de la tripulación, o mientras vuela en aeronaves privadas, experimentales, militares o no programadas. La muerte como pasajero de pago en una aerolínea comercial regularmente programada está prácticamente siempre CUBIERTA, porque ese riesgo es actuarialmente predecible y está reflejado en las tablas de mortalidad estándar. La opción A exagera al incluir viajes comerciales cubiertos. La opción B está invertida (la muerte comercial normalmente está cubierta). La opción D confunde aviación con exclusiones de automóviles. Como con la cláusula de guerra, cuando aplica la exclusión la responsabilidad de la aseguradora generalmente se limita a un reembolso de primas.
California Insurance Code §10110 (permissible exclusions); standard aviation clauseUn rider de Exención de Prima (regulado en California por Insurance Code §10170 y el formulario de póliza presentado al CDI) es un beneficio de ingresos por discapacidad adjunto a una póliza de vida. Cuando el titular-asegurado queda totalmente discapacitado (según se define en el rider) por más tiempo que el período de eliminación (comúnmente 4-6 meses), la ASEGURADORA paga las primas requeridas de la póliza en nombre del titular, manteniendo el contrato totalmente en vigor, incluyendo el crecimiento continuo del valor en efectivo, acumulación de dividendos y el derecho a mantener todos los riders. Cuando el asegurado se recupera, el titular reanuda los pagos de primas. La opción A es incorrecta; las primas previas no se reembolsan. La opción C es incorrecta; la póliza permanece en vigor, no suspendida. La opción D confunde el rider con una elección de no caducidad de pago reducido liberado. El valor del rider radica en preservar la cobertura precisamente cuando el asegurado menos puede pagar.
California Insurance Code §10170 (waiver of premium rider)Una Cláusula de Desastre Común (también llamada 'cláusula de tiempo' o 'cláusula de supervivencia'), autorizada bajo California Insurance Code §10170 y reforzada por Probate Code §103 (la Ley Uniforme de Muerte Simultánea), requiere que el beneficiario primario sobreviva al asegurado por un período establecido (comúnmente 30, 60, o hasta 180 días) para que los ingresos pasen al beneficiario primario. Si el beneficiario primario no sobrevive ese período, los ingresos pasan en cambio al beneficiario contingente. El propósito es evitar el doble proceso testamentario (los ingresos pasando por el patrimonio de la esposa, luego inmediatamente otra vez a sus herederos) y honrar la probable intención del asegurado. Las opciones A y B tratan a la esposa como sobreviviente a pesar de la cláusula. La opción C ignora tanto las designaciones primarias como contingentes; la sucesión intestada aplica solo cuando ningún beneficiario válido sobrevive.
California Insurance Code §10170; California Probate Code §103 (simultaneous death)Última revisión: · proceso editorial
¿Qué incluye el California Life & Accident-Health Agent License?
El California Life & Accident-Health Agent License es administrado por California Department of Insurance (CDI). Los pesos de los temas a continuación provienen del temario oficial — concentra tu estudio en las áreas de mayor peso primero.
Distribución por tema
- 20%Código de Seguros de California y Ética
- 15%Fundamentos del Seguro de Vida
- 15%Disposiciones de Pólizas de Vida
- 10%Fundamentos de Accidente y Salud
- 10%Disposiciones de Pólizas A&S
- 10%Principios Generales de Seguros
- 10%Vida Grupal y Anualidades
- 5%Discapacidad y Cuidado a Largo Plazo
- 3%Medicare y Seguros para Personas Mayores
- 2%Tratamiento Fiscal
¿Qué tan difícil es el examen?
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- Aproximadamente 55-65% de aprobación al primer intento. El umbral del 60% deja menos margen de error que otros exámenes de California.
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Preguntas frecuentes
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No. Todas las preguntas son originales, redactadas a partir del California Insurance Code, Title 10 CCR, Civil Code y conceptos estándar de contratos de seguros ISO. Nunca copiamos de exámenes reales de CDI ni de proveedores como ExamFX, Kaplan o AD Banker.
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2 años. La renovación requiere 24 horas de educación continua (3 de las cuales deben ser de ética) por ciclo de renovación.