EmpleoPregunta 251 de 1632
¿Por cuánto tiempo debe un empleador de California generalmente conservar los registros de tiempo y nómina de los empleados según el Código Laboral §1174?
a.Seis meses desde la fecha trabajada
b.Un año tras la salida del empleado
c.Tres años desde la fecha trabajada
d.Cuatro años, el plazo contractual
Explicación
El Código Laboral §1174(d) exige conservar en archivo, por no menos de tres años, los registros de nómina que muestran las horas trabajadas cada día y los salarios pagados. Seis meses es un mito de retención tomado de los requisitos de fijación de avisos. Un año tras la salida confunde la conservación con el derecho del empleado a inspeccionar. Y cuatro años es el plazo de prescripción de un reclamo por contrato escrito, no la regla de registros.
Referencia Legal: Labor Code §1174(d)Practica las 1632 preguntas gratis — sin registro.
Own the complete CSLB Law & Business guide — PDF + EPUB, $24.99 →
Preguntas relacionadas de este tema
- Si la ordenanza de salario mínimo local de una ciudad establece una tarifa más alta que el salario mínimo estatal de California, ¿qué tarifa debe pagar el empleador?
- Un empleador paga a un empleado no exento menos del salario mínimo legal. El empleado puede recuperar el saldo no pagado, y la ley de California también permite recuperar:
- La ley de California requiere que los empleadores mantengan registros precisos de las horas trabajadas diariamente por cada empleado. El propósito principal de estos registros de tiempo es:
- Un contratista de construcción paga a sus empleados de campo de forma quincenal. Según el Código Laboral §204, los salarios por el trabajo realizado deben pagarse:
- Un empleado que gana $20.00 por hora pierde tanto un período de comida requerido como un período de descanso requerido en el mismo día laboral. ¿Qué pago de prima total se debe por ese día?
- Un contratista con licencia tiene tres empleados W-2. Con respecto al seguro de compensación laboral, el contratista debe:
Última revisión: · proceso editorial
Equipo de PrepPass · Verificado con California CSLB Contractor License Law & Business Exam · Cómo revisamos
Revisado por Abraham Chen — Licensed California General Contractor (CSLB License #1101856 — verificar)