EmpleoPregunta 280 de 1632

A un empleado se le exige usar su teléfono celular personal para llamadas de trabajo y conducir su propio vehículo entre sitios de trabajo. Según el Código Laboral §2802, el contratista debe:

a.Reembolsar todos los gastos necesarios del trabajo
b.Reembolsar el millaje pero no el uso del teléfono
c.Reembolsar solo lo que exceda $1,000 al año
d.Deducir los gastos del próximo salario del empleado

Explicación

El Código Laboral §2802(a) obliga al empleador a indemnizar al empleado por todos los gastos necesarios incurridos como consecuencia directa del cumplimiento de sus deberes, así que se deben tanto el millaje requerido como una parte razonable de la factura del teléfono personal, según Cochran v. Schwan's Home Service. Separar los dos, millaje sí y teléfono no, ignora que el §2802 alcanza cualquier gasto necesario. No hay umbral en dólares en el §2802: el primer dólar es reembolsable. Y sacar el costo del salario convierte la norma en una deducción ilegal.

Referencia Legal: Labor Code §2802(a); Cochran v. Schwan's Home Service (2014) 228 Cal.App.4th 1137

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