Seguros y GravámenesPregunta 679 de 1632
Un proveedor de materiales entrega $40,000 de madera a un proyecto de construcción privado el 1 de julio. Para preservar plenamente los derechos de gravamen mecánico, aviso de suspensión de pago, Y reclamación de bono de pago, el proveedor debe notificar el aviso preliminar bajo Civil Code §8200 al propietario, contratista directo y prestamista de construcción a más tardar:
a.Veinte días después de suministrar por primera vez materiales a la obra
b.Veinte días después de que el proveedor facture la madera
c.Veinte días después de registrarse la escritura de construcción
d.Veinte días después de que el propietario registre un aviso de inicio
Explicación
El plazo de 20 días del Civil Code §8200 corre desde que el reclamante SUMINISTRA POR PRIMERA VEZ mano de obra, servicios, equipo o materiales — aquí el 1 de julio, de modo que notificar alrededor del 21 de julio protege todo el reclamo; el §8204 permite un aviso posterior pero limita la recuperación a los 20 días previos y posteriores. (b) ata el plazo al papeleo y no a la entrega, el error más común y costoso de los proveedores. (c) usa una fecha de registro que atañe a la prioridad del gravamen. (d) toma prestado un aviso de inicio de otros estados; California usa terminación y cesación.
Referencia Legal: Civil Code §8200 / §8204Practica las 1632 preguntas gratis — sin registro.
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