Seguros y GravámenesPregunta 643 de 1605

Un contratista con licencia sin empleados ha presentado una Exención de Compensación de Trabajadores ante el CSLB. El contratista luego contrata a un empleado. Conforme al Bus. & Prof. Code §7125 y §7125.4, ¿qué debe hacer el contratista?

a.Obtener cobertura de compensación de trabajadores y presentar un Certificado de Seguro de Compensación de Trabajadores ante el CSLB; la exención previa queda automáticamente nula tan pronto se contrata un empleado
b.Cancelar la licencia de contratista y volver a solicitarla una vez que tenga cobertura
c.Esperar hasta la próxima renovación de licencia para actualizar el estado de compensación de trabajadores
d.Continuar trabajando bajo la exención por hasta 90 días mientras busca cobertura

Explicación

El Bus. & Prof. Code §7125 condiciona la licencia de contratista a tener cobertura de compensación de trabajadores (si hay empleados) o una exención vigente (si no hay). Conforme a la §7125.4, la exención queda nula por ministerio de ley en el momento en que el contratista contrata a un empleado, y el contratista debe inmediatamente obtener cobertura y presentar el Certificado de Seguro de Compensación de Trabajadores ante el CSLB. Esperar hasta la renovación u operar sin seguro durante 90 días mientras se busca cobertura es una infracción que activa la suspensión automática de la licencia. La cancelación/re-solicitud no es necesaria — la licencia puede mantenerse presentando el certificado.

Referencia Legal: Bus. & Prof. Code §7125

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Sen Lin, Fundador de PrepPass · Verificado con California CSLB Contractor License Law & Business Exam · Cómo revisamos
Revisado por Abraham Chen Licensed California General Contractor (CSLB License #1101856 verificar)
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